Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto DemográficoSin postura registradaAplica
Coordina la transposición del artículo 12 y mantiene la página informativa española sobre centros de datos.
Fuentes 2
Normativa · Europeo
En vigorVerificada el 17 de octubre de 2026
Obliga a los Estados a que los centros de datos de cierto tamaño publiquen cada año su rendimiento energético, su huella hídrica y su flexibilidad de demanda, y a promover que apliquen el código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos.
· La Comisión adopta el acto delegado de etiquetado; pendiente del control institucional5
Distingue la publicación nacional por centro y la base de datos europea inicialmente agregada.
Directiva (UE) 2023/1791 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023, relativa a la eficiencia energética y por la que se modifica el Reglamento (UE) 2023/955 (versión refundida)
En vigor desde el 10 de octubre de 2023. El artículo 12.1 fijó la publicación de información desde el 15 de mayo de 2024; no pospuso esa fecha a las futuras etiquetas. MITECOMinisterio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.Ver en el glosario mantiene a 17 de octubre de 2026 la transposición en curso. No se ha localizado publicación definitiva del proyecto español de centros de datos ni del proyecto de calor residual.
| Destinatario | Requisito | Umbral | Plazo | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Estados miembros | Exigir a propietarios y operadores la publicación anual de la información del anexo VII, salvo la protegida por secretos comerciales y confidencialidad. Se…Exigir a propietarios y operadores la publicación anual de la información del anexo VII, salvo la protegida por secretos comerciales y confidencialidad. Se excluyen los centros destinados exclusivamente a defensa y protección civil. | ≥ 500 kW de potencia de tecnología de la información | Desde el 15 de mayo de 2024 y posteriormente cada año | 2, 6 |
| Estados miembros | Impulsar que los centros de datos de su territorio tengan en cuenta las mejores prácticas del código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros…Impulsar que los centros de datos de su territorio tengan en cuenta las mejores prácticas del código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos (artículo 12.4). | ≥ 1 MW de potencia eléctrica demandada por los sistemas TI | No indicado | 3, 6 |
El acto de etiquetado adoptado en septiembre de 2026 prevé etiquetas públicas por centro desde 2027, todavía pendiente de control institucional y entrada en vigor.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto DemográficoSin postura registradaAplica
Coordina la transposición del artículo 12 y mantiene la página informativa española sobre centros de datos.
Fuentes 2
Todo el registro
La Audiencia públicaPeriodo de consulta y presentación de alegaciones sobre un proyecto normativo o una instalación.Ver en el glosario por centro y las futuras etiquetas pueden aportar datos verificables, con su metodología y año. No se sustituyen huecos actuales por valores estimados.1,5
El artículo 12 de la Directiva, el cual debe ser transpuesto a la legislación española, obliga a poner a disposición del público el 15 de mayo de cada año la información indicada en su anexo VII, excepto aquella sujeta al Derecho de la Unión y al nacional en materia de protección de los secretos comerciales.
Mediante este real decreto se incorpora parcialmente al ordenamiento jurídico español el artículo 12 de la Directiva (UE) 2023/1791.
desde el jueves, 27 de agosto de 2026 hasta el jueves, 10 de septiembre de 2026
Labels for data centres shall be publicly available in electronic form in the European database
A más tardar el 15 de mayo de 2024 y posteriormente cada año